Viví la independencia y comodidad de una casa, sin pagar expensas.
Ubicado en excelente zona residencial de Florida Este, a 3 cuadras de Av. Maipú y del metrobús, se encuentra este impecable PH al frente con entrada totalmente independiente. Privacidad, luz natural y ambientes amplios, con la practicidad de conectarse rápidamente con Capital Federal y Zona Norte.
Estado bueno, con instalaciones renovadas: cañerías y redes de servicios (agua, luz y gas) actualizadas entre 2009 y 2011.
PB: porch, Living Comedor al frente, con mucha luz, cocina amplia, 2 dormitorios con placard, y baño completo.
Salida a patio con espacio para lavadero bajo escalera.
PA: Terraza que se cerró en una escritorio independiente, balcón.
Detalles: Pisos de parquet, calefacción por tiro balanceado.
Accesible para personas con movilidad reducida: Sí.
//Importante: el aviso publicado es al mero efecto informativo y no constituye una oferta ni solicitud de oferta o compra, ni una recomendación de inversión, y se entiende que presenta información resumida, preliminar y no definitiva de un inmueble o negocio. Los precios, montos y porcentajes son valores de referencia, pueden variar sin previo aviso, y no serán vinculantes. Si el aviso contuviera estimaciones o proyecciones, se entenderá que las mismas son solo opiniones que reflejan expectativas de buena fe. Las imágenes son no contractuales, y pueden haber sido modificadas o mejoradas por medios digitales. Todas las medidas son aproximadas, y debe entenderse que toda operación se realizará ad-corpus. En caso de locación, los valores expresados no incluyen IVA. Las locaciones residenciales para persona física que alquila para sí misma están exentas de IVA. Solicitar citas con anticipación. Corredor Público Darío Durban. CSI 5654. CUCICBA 5606.
*En Ciudad Autónoma de Buenos Aires*
– Alquileres de vivienda.
Ley N° 5859, art. 5: «Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato».
– Accesibilidad
En cumplimiento de la la ley N° 5115 sobre «accesibilidad» a los inmuebles, ver en descripción.